El 19 de marzo de 1929 se vio ante la audiencia de Barcelona el recurso de nulidad del testamento ológrafo otorgado por don Francisco Mallovira, de Palagrugell. El caso mereció una enorme atención jurídica. Básicamente lo que se dirimia era si en el momento de redactar su testamento el finado estaba loco, como defendían sus descendientes, todos desheredados, o en sus trece, como defendían sus herederos, que eran su criada y una casa de beneficiencia. El testamento no hubiese motivado esta querella si el testador no hubiese dejado otra propiedad, su alma, “a los diablos”.
Hace años que me he dado cuenta de que no he alternado ni hecho vida social en los lugares adecuados.
ResponderEliminarHemos estado rodeados de demasiado buenas compañías, Júlia. ¡Qué le vamos a hacer!
ResponderEliminarEste comentario lo he colgado en el lugar equivocado, era para el post de después, uf, que despistes. Pero bueno, aquí no está mal, ¿se sabe como acabó el tema? ¿quién ganó?
ResponderEliminarNo hay constancia documental de que los diablos reclamasen su herencia; pero la criada y la casa de beneficiencia sí que recibieron su parte. Los parientes se quedaron a dos velas.
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